Preguntas frecuentes
Para empezar debes saber que todo depende de la empresa, en el Decreto 472 de 2015 se establecen las siguientes indicaciones:
Microempresa: una micro empresa se caracteriza por tener un máximo de 10 empleados en su plantilla y tiene un activo total de 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, teniendo esto en mente te vamos a contar las sanciones económicas correspondientes:
- Por incumplimiento de las normas de salud ocupacional la multa será desde 1 a 5 SMMLV.
- Por incumplimiento en el reporte de accidente o enfermedad laboral la multa puede variar entre 1 a 20 SMMLV.
- Por incumplimiento que dé origen a un accidente mortal la multa puede variar entre 20 a 24 SMMLV.
Pequeña empresa: esta se caracteriza por contar con un personal entre 11 y 50 trabajadores y activos totales por valor entre quinientos uno 501 y menos de cinco mil 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Por incumplimiento de las normas de salud ocupacional la multa puede variar entre 6 a 20 SMMLV.
- Por incumplimiento en el reporte de accidente o enfermedad laboral la multa puede variar entre 21 a 50 SMMLV.
- Por incumplimiento que dé origen a un accidente mortal la multa puede variar entre 25 a 150 SMMLV.
Mediana empresa: una mediana empresa cuenta con un personal entre 51 y 200 trabajadores y activos totales por un valor entre 5.001 y 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Por incumplimiento de las normas de salud ocupacional la multa puede variar entre 21 a 100 SMMLV.
- Por incumplimiento en el reporte de accidente o enfermedad laboral la multa puede variar entre 51 a 100 SMMLV.
- Por incumplimiento que dé origen a un accidente mortal la multa puede variar entre 151 a 400 SMMLV.
Gran empresa: esta cuenta con más de 200 empleados y activos totales mayores a 30.000 salarios mínimos legales vigentes, para esta las sanciones se disponen de la siguiente manera:
- Por incumplimiento de las normas de salud ocupacional la multa puede variar entre 101 a 500 SMMLV.
- Por incumplimiento en el reporte de accidente o enfermedad laboral la multa puede variar entre 101 a 1.000 SMMLV.
- Por incumplimiento que dé origen a un accidente mortal la multa puede variar entre 401 a 1.000 SMMLV.
